Canal whistleblowing

Canal de protección delinformante anónimo

Bienvenido al Canal de Protección del Informante implantado en la empresa
ABINITIO CONSULTING S.L. tras la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 de febrero,
reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas
y de lucha contra la corrupción.

El Canal de Protección del Informante está integrado en el Sistema Interno de
Información de la empresa ABINITIO CONSULTING S.L. regulado en la citada ley, en las
Principios del Sistema interno de Información y defensa del informante y en el
Procedimiento para la gestión de informaciones de la Ley 2/2023.

La finalidad del Canal es doble, por un lado, hacer posible la comunicación por parte de
personas que, en un contexto laboral o profesional, a las que se refiere el artículo 3 de
la Ley, detecten infracciones penales o administrativas graves o muy graves previstas en
el artículo 2 de la Ley; y por otro, que esas personas estén protegidas frente a posibles
represalias.

Por lo tanto, el Canal tiene un ámbito subjetivo (quién puede presentar informaciones)
y objetivo (el objeto en sí mismo de las informaciones) delimitado en la propia ley.

Así, por ejemplo, materias como las relativas a Recursos Humanos, Acoso Laboral, Acoso
Sexual, Igualdad de Género, etc., deberán hacerse valer por los cauces establecidos al
efecto por la empresa ABINITIO CONSULTING S.L. a través departamento de RRHH.

Le garantizamos que se guardará secreto y confidencialidad de su identidad durante y
después de cualquier comunicación que nos haga.

Puede anónimamente contactar con el Responsable del Sistema

Albert Casas 629183508 legal@censorconsulting.es


¿Quién puede denunciar? Ámbito subjetivo

¿Sobre qué materias se puede denunciar?

Materias exentas

Materias como las relativas a Recursos Humanos, Acoso Laboral, Acoso Sexual, Igualdad de Género, etc. deberán hacerse valer por los cauces establecidos al efecto por la empresa.